Finalidad :
La finalidad de esta subvención es financiar parte o la totalidad del coste del servicio de escolarización del primer curso, segundo curso y tercer curso (de septiembre a agosto) para niños/as que están escolarizados/as, para el curso 2023/2024, en alguno de los centros de educación infantil de Palma inscritos en el Registre Municipal d’Escoles d’Infants de Palma (RMEI). Solo pueden optar a esta convocatoria las personas que empadronadas en el municipio de Palma con una renta per cápita anual inferior a 21.280 €.
Requisitos:
Tanto el niño/a como los padres, madres, tutores o tutoras legales tienen que estar empadronados en el municipio de Palma.
La persona solicitante de la subvención tiene que tener DNI o NIE. En caso contrario no se puede solicitar la ayuda.
Los niños/as para los cuales se solicita el Ayuda Municipal tienen que haber nacido entre el 1 de enero de 2021 (dentro del año 2024 cumplirán los tres años) y la fecha de 2023 en que acabe el plazo de presentación de solicitudes que se acredita mediante el libro de familia.
La persona solicitante de la Ayuda Municipal tiene que estar al corriente de las obligaciones tributarias y no tener deudas con la Agencia Tributaria, Hacienda Municipal ni con la Seguridad Social y también tienen que estar al corriente de pagos con el centro educativo.
No podrán obtener la condición de beneficiario las personas en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Documentación para presentar:
Modelo de solicitud debidamente rellenado y firmado que figura en el anexo 1 de esta convocatoria (enlace al final de la página).
En el supuesto de que la ayuda se solicite para más de un miembro de la misma unidad familiar, se tiene que rellenar una sola hoja de solicitud si los niños están escolarizados en el mismo centro.
Copia del libro de familia (de todas las páginas que tengan datos). En caso de separación o divorcio se aportará la sentencia judicial acompañada del correspondiente Convenio Regulador, ratificado judicialmente.
Copia del DNI o NIE de la persona solicitante.
Certificado de convivencia expedido por el Ayuntamiento de Palma (enlace al final de la página).
En caso de discapacidad, tanto del niño como de algún familiar que conviva con él/a, se tendrá que aportar un certificado oficial acreditativo.
En caso de familia numerosa, copia del carné de familia numerosa o la documentación acreditativa al efecto, vigente el 31 de diciembre de 2022.
En caso de familia monoparental se tienen que cumplir los requisitos de acuerdo con el artículo 7.1 de la Ley 8/2018, de 31 de julio.
Enfermedad crónica. Tiene que constar en el listado de enfermedades crónicas en pediatría, o bien que el niño tenga una enfermedad crónica grave o una enfermedad rara que requiera una intervención sanitaria inmediata específica.
Condición de víctima de violencia de género o de terrorismo, de acuerdo con el artículo 8.1 de la Ley 8/2018, de 31 de julio, de apoyo a las familias, así como los artículos 104.3 d) y 121 de la Ley 9/2019 de 19 de febrero, de la atención y los derechos de la infancia y la adolescencia de las Islas Baleares, se entiende como aplicable este criterio cuando alguna de estas situaciones se da en alguno de los miembros del núcleo familiar.
Aquella familia que esté atendida por un servicio de atención social tiene que presentar el correspondiente informe social. En el supuesto de que no sea así, las familias en situación de vulnerabilidad socioeconómica podrán solicitar una entrevista con el/la trabajador/ra social del PMEI.
Plazo y lugar de presentación de las solicitudes
Las solicitudes, junto con toda la documentación acreditativa necesaria, se tiene que presentar en el centro donde esté matriculado el niño/a (entidad colaboradora) desde el día siguiente de la publicación de las bases en el BOIB y hasta el día 8 de septiembre de 2023. En el caso de admisión de solicitudes de alumnos de incorporación tardía y servicio de verano, se podrá presentar la solicitud y la documentación acreditativa necesaria para obtener la subvención en el centro educativo antes del 3 de mayo de 2024.
Importe de la subvención:
El importe de la Ayuda Municipal estará en función de la puntuación obtenida y de la cuota fijada por la escuela infantil, según la escala siguiente:
Superior a 12 puntos -> 135 € mensuales
De 9 a 12 puntos -> 100 € mensuales
De 5 a 8 puntos -> 70 € mensuales
Igual o inferior a 4 puntos -> 40 € mensuales
En el supuesto de que el número de solicitudes con derecho a la subvención supere la consignación presupuestaria correspondiente, se atenderán por orden estricto de puntuación.
Obligaciones de las personas beneficiarias:
Serán causa de la pérdida de la condición de beneficiario/a de la Ayuda Municipal:
* Dejar de estar empadronados en el municipio de Palma, tanto el niño/a como los padres, madres, tutores o tutoras legales durante el periodo del curso escolar.
La no asistencia del niño/a la escuela por causas no debidamente justificadas por escrito.
La no asistencia del niño/a la escuela durante un periodo superior en un mes.
La baja escolar del niño.
La falsedad de la documentación aportada.
El incumplimiento de la obligación de comunicar la obtención de subvenciones, ayudas públicas, ingresos o recursos por la misma finalidad que el Bono Escolar.
Pago de las ayudas:
El pago de las ayudas se hace a los centros que son los responsables de gestionar la ayuda mediante transferencia bancaria.
La concesión de la Ayuda Municipal será a partir de la fecha que aparezca en el certificado del centro escolar como fecha de inicio de escolarización y hasta la finalización y siempre como fecha tope el 31 de agosto de 2024.
El centro tiene que ajustar o reintegrar los pagos a las familias después de cobrar la ayuda.
Dada la naturaleza de esta subvención se harán los pagos a los centros, de acuerdo con el siguiente calendario:
Antes de 31 de enero de 2024 -> De septiembre a diciembre
Antes de 30 de abril de 2024 -> De enero a marzo
Antes de 30 de julio de 2024 -> De abril a junio
Antes de 30 de septiembre de 2024 -> De julio a agosto y solicitudes de incorporación tardía.
Compatibilidad de la ayuda municipal:
Las subvenciones objeto de esta convocatoria son compatibles con otras ayudas o subvenciones concedidas por otras administraciones públicas o entes privados, pero la percepción de la Ayuda Municipal junto con la percepción de otras ayudas económicas públicas no podrá en ningún caso superar la cuota correspondiente al servicio educativo.
Documentación de la convocatoria 2023-24:
Descarga la solicitud:
Obtener el certificado digital de manera telemática (elegir la primera opción EDUCACIÓN y la segunda opción BECAS): Certificado convivencia digital (ayuntamiento Palma)